Escuelas 360º
Proyecto escuelas 360º
El Proyecto Escuelas 360º de Apnadah sigue su andadura
Desde el año 2016, Apnadah ha estado implementando el Proyecto Escuelas 360º. Nuestro objetivo es formar, informar, concienciar y difundir el conocimiento sobre el TDAH en los centros educativos, brindando sesiones formativas para el personal docente, padres y alumnos.
Si estás interesado en que impartamos estas charlas informativas en el colegio o instituto de tus hijos, o si conoces algún centro que pueda estar interesado, estaremos encantados de concertar una cita con ellos. Para ello, simplemente contáctanos a través del correo escuelas360@apnadah.org, y te proporcionaremos toda la información necesaria sobre las sesiones.
Nuestro objetivo es alcanzar el mayor número posible de centros educativos, con el fin de mejorar la situación actual de los niños afectados por el TDAH en las aulas.

FAQS
Preguntas y Respuestas
Sí, puesto que el artículo 14 de la LOMCE dice textualmente:
“Será de aplicación lo indicado en el capítulo II del título I de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, en los artículos 71 a 79 bis, al alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, para que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado”.
Art.71.2 de la Ley Orgánica 2/2006: “Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado”.
No. Justicia no significa dar a todos lo mismo, sino dar a cada uno lo que necesita. Nadie pensaría que está favoreciendo a un alumno con discapacidad visual si se le hacen los exámenes orales, por ejemplo. Lo importante es facilitar que todos los alumnos puedan demostrar que han adquirido las competencias, y el docente es libre de evaluar a sus alumnos como considere que es la mejor manera.
En el caso de los afectados de TDAH se deben tener en cuenta sus dificultades en las funciones ejecutivas, que implican un mal funcionamiento en cuanto a planificación, secuencialización, memoria de trabajo, control del tiempo, problemas en la atención sostenida, inhibición de la conducta, control de impulsos…, entre otras.
Un buen conocimiento del trastorno ayudará al docente a entender mejor el funcionamiento del cerebro del alumno afectado, y por tanto, podrá enseñarle de manera adecuada los conocimientos de las diferentes materias académicas, consiguiendo además que su trabajo sea más tranquilo y efectivo cuando haya un alumno de estas características en el aula.
En la medida de lo posible, las adaptaciones que se crea conveniente aplicar en el aula para los alumnos con TDAH, se deberán aplicar a la clase en general. Lo que funciona para los alumnos afectados funcionará también para el resto.
Sin embargo, el alumnado con TDAH sí requerirá algunas metodologías que quizás sus compañeros no precisen (revisión de agenda, examen secuenciado…) para lo cual evidentemente será necesario contar con el buen hacer profesional del equipo docente, pues son ellos quienes mejor conocen a su alumnado y quienes disponen de conocimientos y estrategias para lograr que estas adaptaciones no sean entendidas negativamente por el grupo.
Se recomienda no obstante, realizar una educación inclusiva, en la que se favorezca en los niños y adolescentes la empatía con los demás, que sean capaces de aceptar y valorar la diferencia, puesto que todos somos diferentes a los otros.
Si en el aula tenemos sospecha de que algún alumno presenta posibles síntomas de TDAH debemos comunicarlo al gabinete orientador del colegio para que haga la valoración. Si se confirman las sospechas deberemos informar a la familia para que tome las medidas oportunas. Si por cualquier motivo, la familia no actúa en consecuencia, el docente debe trabajar con el alumno en el aula basándose en sus síntomas, aunque no tenga un diagnóstico externo, ya que lo que importa es que este alumno aprenda de la mejor manera posible para él y para el docente.
En cualquier caso, se recomienda la comunicación continua con la familia que favorezca un intercambio de información referente al niño entre los dos ámbitos
No en todos los casos es necesaria la medicación. Esta valoración deberá realizarla el especialista correspondiente y, por supuesto, la decisión última de administrar la medicación o no corresponderá a los padres del menor, que con la información que hayan recibido de su médico valorarán lo que es mejor para su hijo.
El tratamiento para un afectado de TDAH es multidisciplinar e individualizado, es decir, está formado por: tratamiento farmacológico, tratamiento cognitivo-conductual y tratamiento psicoeducativo (padres y profesores).
Ya se ha demostrado que la clase magistral no es el mejor sistema de aprendizaje en la sociedad actual, puesto que el alumno mantiene una actitud pasiva frente al profesor, actitud difícil de mantener en el caso del TDAH.
Las nuevas metodologías que están actualmente en auge consiguen que el aprendizaje sea más activo y enriquecedor para todos los niños y adolescentes. Es el caso del aprendizaje cooperativo, el aula invertida, la gamificación, la educación emocional… Sin emoción, no hay aprendizaje.
Nuestra recomendación es que se realice un protocolo de actuación ante estos casos a nivel de centro, de manera que todo el personal, docente y no docente, conozca cómo debe actuar frente a casos de TDAH. Esto facilitará la convivencia entre todas las partes afectadas en cualquier situación de la vida escolar, disminuyendo el estrés y las situaciones de conflicto, a la vez que permitirá la estabilidad emocional necesaria para el desarrollo positivo de los afectados.
Escuelas 360º
Legislación
- RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, de la directora general de Inclusión Educativa, por la cual se dictan instrucciones para la detección y la identificación de las necesidades específicas de apoyo educativo y las necesidades de compensación de desigualdades. Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
- RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, de la directora general de Universidades y de la directora general de Inclusión Educativa, por la cual se dictan instrucciones para la adaptación en las pruebas de acceso a las universidades públicas valencianas para las personas con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2021-22. De la Conselleria d’Innovació, Universitats, Ciència i Societat Digital. Conselleria d’Educació, Cultura i Esport.
- DECRETO de 21 de mayo de 2021, del Consell, de organización de la orientación educativa y profesional en el sistema educativo valenciano de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.
- BOE_A-2020-17264: Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- RESOLUCIÓN conjunta de 22 de diciembre de 2020, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la cual se dictan instrucciones para la organización de las medidas de adaptación en las pruebas de acceso a las universidades públicas valencianas.
- RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2020, de la directora general de Inclusión Educativa, por la cual se aprueban las instrucciones para la participación de personal externo y agentes comunitarios en los centros docentes de titularidad de la Generalitat Valenciana.
- RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2019, de la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de algunos de los principales procedimientos previstos en la Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano, y se publican los formularios referidos a la evaluación sociopsicopedagógica, el informe sociospsicopedagógico, el plan de actuación personalizado (PAP) y el dictamen para la escolarización.
- ORDEN 20/2019, de 30 de abril, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos del sistema educativo valenciano.
- DECRETO 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano.
- RESOLUCIÓN de la Consellería de Educación junto con la Consellería de Sanidad, publicado 22 de diciembre 2017, en el DOGV. Donde se dictan instrucciones para la detección y atención precoz del alumnado que pueda presentar un problema de salud mental.
- DECRETO 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.
- DECRETO 136/2015, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se modifican el Decreto 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana, y el Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.
- DECRETO 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la educación primaria en la Comunitat Valenciana.
- DECRETO 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios.
- Recomendaciones de la UNESCO (1997) para la educación inclusiva